Temen impacto negativo en la sostenibilidad del empleo en el país. En medio de la incertidumbre, dicen que es esencial aclarar los interrogantes que subsisten sobre las modificaciones propuestas.
Bogotá, Octubre de 2023. Sin lugar a duda, el proyecto de Reforma Laboral presentado el 24 de agosto de 2023 por el Gobierno Nacional, ha sido objeto de un intenso debate, suscitando una amplia gama de opiniones y críticas por parte de diversos sectores de la sociedad y actividad económica.
El nuevo texto, compuesto por 92 artículos, se presenta como un esfuerzo del Gobierno Nacional para promover la estabilidad laboral de los trabajadores, sin embargo, ha generado preocupación entre algunos empresarios, quienes temen que la reforma tenga un impacto negativo en la sostenibilidad del empleo del país. En medio de este escenario de incertidumbre, resulta esencial abordar y aclarar las interrogantes que aún subsisten acerca de las modificaciones propuestas en la reforma laboral.
¿Qué pasará con los contratos a término fijo?
La propuesta de reforma laboral propende por la contratación a largo plazo, para lo cual pretende introducir una restricción en los contratos a término fijo, estableciendo un límite absoluto de tres años para su duración.
Sumado a lo anterior, la propuesta advierte nuevas formalidades para la implementación de esta modalidad de contrato, exigiendo que se especifique claramente la necesidad que se pretende satisfacer con el contrato y su relación con el plazo acordado.
En cuanto a las prórrogas, el proyecto señala:
- Si se suscribe un contrato de trabajo con una duración inferior a un (1) año, las partes, pueden prorrogar el contrato cuantas veces consideren necesario mediante acuerdo por escrito. Sin embargo, es relevante señalar que después de la tercera prórroga, el contrato no podrá renovarse por un término menor a un (1) año respetando el plazo máximo de tres (3) años.
- En situaciones en las cuales ninguna de las partes del contrato se pronuncie con al menos un mes de antelación al vencimiento de éste, el contrato se renovará automáticamente por un período equivalente al inicialmente acordado, sin perjuicio a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Jornada nocturna, recargos dominicales e indemnizaciones ¿Qué cambios encontramos en la remuneración?
Algunos puntos que también se deben tener presente ya que pueden aumentar los costos en contratación son:
- La propuesta establece que la jornada laboral nocturna se realizaría entre las 7:00 de la noche y las 6:00 de la mañana.
- Los recargos de días dominicales y festivos, que hoy se deben remunerar con un porcentaje del 75% respecto al salario del empleado, tendrían un incremento al 100%. De ser aprobado el proyecto, este sería un aumento progresivo, dónde en julio de 2024 el recargo deberá ser sobre el 80%, en julio de 2025 incrementaría al 90% y para 2026 alcanzaría el 100% sobre el salario del empleado.
- En relación con las indemnizaciones, se observan diversas modificaciones. En los contratos a plazo fijo, actualmente la indemnización corresponde al tiempo faltante del plazo acordado, sin un mínimo establecido, mientras que, en los contratos por duración de obra o labor contratada, la indemnización se basa en el tiempo restante para cumplir la duración de la obra, sin ser inferior a 15 días de salario. Sin embargo, se está proponiendo cambiar esta práctica para asegurar que en ninguno de los dos casos la indemnización sea menor a 45 días de salario.
En cuanto a los contratos a término indefinido, se establecerán cuatro escenarios:
- Para los contratos a término indefinido con una duración inferior a un año, la indemnización sería de 35 días de salario.
- Para los contratos con una duración superior a un (1) año, pero inferior a cinco (5) años, se agregarían 15 días adicionales de indemnización por cada año subsiguiente.
- En el caso de los empleados que hayan trabajado entre 5 y 10 años, se otorgarían 30 días adicionales de indemnización por cada año subsiguiente.
- Por último, los empleados con contratos a término indefinido que superen los 10 años de servicio recibirían 60 días adicionales de indemnización por cada año subsiguiente
¿Desaparece el contrato de aprendizaje?
Mientras que actualmente los contratos de aprendizaje, también conocidos como SENA, no son una relación laboral y no contemplan un salario, sino un apoyo de sostenimiento, el proyecto establece que este pase a ser reconocido como un contrato laboral, el cual deberá ser remunerado al menos con un salario mínimo a los estudiantes. Al mismo tiempo, establece la necesidad de proporcionarles prestaciones sociales, vacaciones, atención médica, seguridad en el trabajo, libertad sindical y estabilidad laboral durante sus prácticas, con el fin de garantizar condiciones dignas a los aprendices.
Siendo así, la reforma trae consigo una serie de cambios significativos en diversos aspectos, como los contratos laborales, la licencia de paternidad, el trabajo a distancia y otras modificaciones relevantes. Con el objetivo de brindar apoyo y orientación a los empresarios en este proceso de adaptación, Novasoft y Estudio Legal ponen a disposición su experiencia y conocimiento en eventos como webinars y su Diplomado en Nómina. Estos espacios son oportunidades para analizar detenidamente las implicaciones de la reforma y comprender mejor el panorama legal actual.