Bogotá, 27 de abril de 2024. El proyecto de Reforma a las pensiones está a un debate de convertirse en Ley, tras su aprobación en el Senado y la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. Ahora solo queda pendiente su paso por la Plenaria de la Cámara.
Pero ¿cuáles son puntos claves de la iniciativa aprobada en el Senado?
–Uno de los aspectos más destacados en el pilar solidario consiste en el beneficio a los adultos mayores y a las personas en condición de discapacidad que no hayan hecho aportes para su pensión. El beneficio será para “todos adultos mayores que no tengan ninguna base de subsistencia. Este subsidio lo recibirán cerca de tres millones de adultos mayores que hoy están bajo la línea de pobreza, que recibirán un auxilio de $ 223.000.
–Se mantienen las edades de pensión: 57 años para mujeres y 62 años para hombres, y no habrá mesada 14.
–Se elimina el subsidio para quienes cotizan sobre más de 2,3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
-La norma permitirá que las mujeres se puedan pensionar con mil semanas. Además, por cada hijo habrá una disminución hasta las 850 semanas de cotizaciones. Las mujeres que tengan hijos se puedan pensionar mucho más temprano, al poder sumar 50 semanas de cotización por cada uno de ellos, hasta un máximo de 150.
–El proyecto incluye la unión de cotizaciones entre cónyuge con compañeros permanentes, para lograr así la pensión familiar. Esto significa que los cónyuges, pueden ahorrar los dos y cumplir el número de semanas después de que hayan cumplido la edad de jubilación.
-Las personas que no estén en el régimen de transición y que cumplan 62 años de edad si es mujer, 65 años si es hombre, después de la entrada en vigencia de la ley, y que no reúnan las semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez del pilar contributivo, pero tienen más de 1.000 semanas cotizadas, podrán disfrutar de la prestación anticipada de vejez.
–Los fondos de pensiones se mantienen. Lo único que se modifica es una facultad del gobierno para reglamentarlos.
-Se mantendrá la excención tributaria de todas las pensiones, menos la parte que exceda 1000 UVT, mensuales.
–La Ley entrará en vigencia el 1º de Julio de 2025.
–El Banco de la República el encargado de administrar los recursos de las pensiones.
-El Gobierno no podrá tocar los ahorros pensionales, en caso de emergencias por desastres naturales.
–No habrá ningún régimen especial para maestros o fuerzas militares.
–El régimen de transición será de dos años a partir de la vigencia de la norma y cobija a las mujeres que tengan al menos 750 semanas cotizadas, y 900 semanas para los hombres, y que se encuentren a menos de 10 años de pensionarse. Para estas personas no aplica la nueva Ley.
-Hasta hoy, 27 de mayo de 2024, el proyecto no ha sido aprobado en sus cuatro debates, razón por cual, ninguno de los artículos mencionados en esta nota periodística están vigentes.