Estas son algunas claves de la reforma pensional

Bogotá, 16 de julio de 2024. La reforma pensional ha sido sancionada por el Gobierno Nacional, con lo cual se transformará el modelo de jubilación en Colombia.

María Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales en la Administradora de Pensiones y Cesantías Porvenir, se refiere a algunos de los aspectos claves de la nueva Ley.

En este sentido, explica cuáles son las opciones que tienen los cotizantes:

Oportunidad de Traslado

Es la posibilidad que tienen por única vez los trabajadores de elegir el régimen que más le convenga (Colpensiones o una Administradora de Pensiones como Porvenir) para obtener su beneficio pensional y eso dependerá de su caso particular.

Aplica para los afiliados que están a menos de 10 años de la edad de pensión y;

  • Si es mujer: debe contar con 750 o más semanas cotizadas y 47 años o más, al momento en que se promulgue la ley.
  • Si es hombre: debe contar con 900 o más semanas cotizadas y 52 años o más, al momento en que se promulgue la ley.

Para esta opción, el trabajador debe realizar el proceso de la doble asesoría que consiste en contactar a Colpensiones y a la Administradora de Pensiones donde esté afiliado, las dos entidades deberán entregar información clara y precisa de cada régimen pensional para tomar una decisión informada sobre su futuro pensional. Es decir, que la oportunidad de traslado se aplica en doble vía: estar en régimen privado y pasar al público o viceversa.

Esta doble asesoría debe hacerse antes de los próximos dos años contados a partir de la publicación de la promulgación de la ley, no tiene costo y no necesita acompañamiento de terceros.

Independiente del régimen que seleccione el afiliado, las condiciones del beneficio pensional serán las actuales, es decir, seguirá bajo el Sistema de Pensiones definido en la Ley 100 de 1993: en una Administradora de Pensiones como Porvenir, contando con dos alternativas para obtener la pensión: acumular 1.150 semanas cotizadas a los 57 años, si es mujer, o 62 años, si es hombre; o antes de la edad de pensión, lograr el capital necesario para obtener una pensión del 110% de un salario mínimo (SMMLV).

Si decide trasladarse o seguir en Colpensiones, el requisito contar con 1.300 semanas a la edad de pensión.

Régimen de Transición

En el Régimen Transición se respetarán las condiciones y requisitos de pensión establecidos en la Ley 100 de 1993, es decir, que la nueva Ley no cobijará a los afiliados que cumplan con los siguientes requisitos:

Contar con 750 o más semanas cotizadas si es mujer o 900 semanas o más cotizadas si es hombre al 1° de julio del 2025, sin importar su edad.

Nueva Ley

La nueva Ley aplica para los afiliados que al 1 de julio del 2025 cuenten con:

  • Mujeres, menos de 750 semanas cotizadas
  • Hombres: menos de 900 semanas cotizadas

Con la nueva Ley Colpensiones y las Administradoras se complementarán para construir la pensión de los trabajadores: los primeros 2,3 salarios mínimos que corresponde a $2.990.000 se deberán cotizar en Colpensiones y, el excedente, se cotizará en una Administradora como Porvenir.

Quienes tienen capacidad de ahorro es importante que desde ya tomen la decisión de complementar su pensión en una Administradora de Pensiones Voluntarias, como los planes que ofrece Porvenir.

Con la nueva ley, la pensión será reconocida y pagada solo por Colpensiones y se calculará con los aportes realizados en Colpensiones más el capital ahorrado y los rendimientos generados por la gestión de las Administradora como Porvenir.

Los requisitos para pensionarse serán 1.300 semanas cotizadas y tener 57 años, si es mujer, o 62 años, si es hombre.

Es importante tener en cuenta que, a partir del 2036, las mujeres podrán pensionarse con 1.000 semanas. Esta disminución en las semanas de cotización para pensionarse será gradual a partir del año 2025. 

Quienes están pensionados con Porvenir seguirán recibiendo la mesada pensional de manera habitual y anticipada.