{"id":5929,"date":"2023-12-27T18:50:36","date_gmt":"2023-12-27T23:50:36","guid":{"rendered":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/?p=5929"},"modified":"2023-12-27T18:53:16","modified_gmt":"2023-12-27T23:53:16","slug":"prohiben-plasticos-de-un-solo-uso-a-areas-ambientalmente-protegidas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/12\/27\/prohiben-plasticos-de-un-solo-uso-a-areas-ambientalmente-protegidas\/el_bolsillo\/2023\/","title":{"rendered":"Proh\u00edben pl\u00e1sticos de un solo uso en \u00e1reas protegidas"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Bogot\u00e1 D.C., 26 de diciembre de 2023.<\/strong> Turistas y visitantes nunca m\u00e1s podr\u00e1n ingresar pl\u00e1sticos de un solo uso a los parques nacionales naturales, ecosistemas de p\u00e1ramos, ecosistemas marinos, reservas de bi\u00f3sfera y humedales relacionados en la lista internacional RAMSAR.<\/p>\n\n\n\n<p>La prohibici\u00f3n est\u00e1 consignada en el Decreto 2192 del 22 de diciembre de 2023, firmado por el Presidente Gustavo Petro Urrego, el cual reglamenta las medidas orientadas a reducir la producci\u00f3n y el consumo de pl\u00e1sticos de un solo uso en el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 2232 de 2022.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEste es un paso muy importante, porque los pl\u00e1sticos de un solo uso son el principal contaminante de nuestros ecosistemas. El decreto le da competencias a los Ministerios de Ambiente y de Vivienda para fortalecer las organizaciones de recicladores en la cadena de manejo del pl\u00e1stico\u201d, precis\u00f3 la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad.<\/p>\n\n\n\n<p>Sanciones entre los 100 y 50.000 salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes est\u00e1n contempladas dentro de las disposiciones para quienes incumplan el decreto y contaminen con pl\u00e1sticos de un solo uso las \u00e1reas protegidas del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Las disposiciones aplican a quienes introduzcan en el mercado, comercialicen, distribuyan y consuman pl\u00e1sticos de un solo uso, as\u00ed como a las autoridades competentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de incorporar lineamientos para la prohibici\u00f3n del ingreso de los pl\u00e1sticos de un solo uso en \u00e1reas protegidas y ecosistemas sensibles, la norma define responsabilidades para el fortalecimiento de las cadenas de valor del pl\u00e1stico, con \u00e9nfasis en los recicladores de oficio y las empresas transformadoras.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n establece lineamientos para los procesos de biodegradabilidad y compostabilidad de estos productos en condiciones ambientales naturales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Limitadas excepciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En materia de excepciones, la norma indica que a las \u00e1reas protegidas solo podr\u00e1n ingresar los pl\u00e1sticos de un solo uso necesarios para atender las necesidades personales de las comunidades y guardaparques que viven en estas \u00e1reas y que en ning\u00fan caso estos productos pueden ser comercializados all\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>Quien bajo el amparo de la excepci\u00f3n pretenda ingresar pl\u00e1sticos de un solo uso deber\u00e1 contar con un sistema que asegure la recolecci\u00f3n de la totalidad de los mismos y su gesti\u00f3n fuera del \u00e1rea en cuesti\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Comunicaci\u00f3n y cultura ciudadana<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El decreto dispone que las autoridades responsables del manejo del \u00e1rea protegida o ecosistema estrat\u00e9gico deben dise\u00f1ar e implementar un programa de informaci\u00f3n y cultura ciudadana, con el fin de incentivar la adecuada gesti\u00f3n de los residuos, as\u00ed como la utilizaci\u00f3n de elementos reutilizables.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1n informar sobre la prohibici\u00f3n a visitantes, funcionarios, contratistas y dem\u00e1s personas que realicen actividades al interior del \u00e1rea respectiva.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En aquellas \u00e1reas con vocaci\u00f3n tur\u00edstica, la autoridad responsable deber\u00e1 instalar vallas o anuncios visibles en los sitios de ingreso y brindar informaci\u00f3n a trav\u00e9s de los canales oficiales, advirtiendo sobre esta prohibici\u00f3n y la adecuada gesti\u00f3n de los residuos s\u00f3lidos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Recicladores de oficio, claves en el proceso<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La norma ordena que corresponder\u00e1 a los municipios y distritos la incorporaci\u00f3n de mecanismos para promover la formalizaci\u00f3n y regularizaci\u00f3n de los recicladores de oficio y sus organizaciones como actores de la cadena de valor del pl\u00e1stico.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto deber\u00e1 hacerse mediante el programa de Inclusi\u00f3n de Recicladores, y la incorporaci\u00f3n de acciones dirigidas a la gesti\u00f3n de residuos pl\u00e1sticos en el Programa de Aprovechamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Vivienda, Ciudad y Territorio definir\u00e1n la necesidad de introducir los ajustes que en este sentido correspondan a la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y actualizaci\u00f3n de estos planes.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Ambiente y Desarrollo Sostenible promover\u00e1n las acciones orientadas a estimular la formalizaci\u00f3n de las empresas transformadoras de pl\u00e1stico, as\u00ed como la divulgaci\u00f3n de la oferta program\u00e1tica para el desarrollo e impulso de este sector.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>La cartera de Ambiente definir\u00e1 las condiciones que deben cumplir los productos pl\u00e1sticos de un solo uso para ser considerados biodegradables y\/o compostables en condiciones ambientales naturales, de acuerdo con los criterios de la Ley 2232 de 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, el Ministerio de Ambiente definir\u00e1 las condiciones para que la industria del pl\u00e1stico pueda desarrollar los estudios e investigaciones t\u00e9cnicas para el cumplimiento de los est\u00e1ndares de biodegradaci\u00f3n o compostaci\u00f3n en condiciones ambientales naturales.<\/p>\n\n\n\n<p>Junto al presidente, el decreto est\u00e1 firmado por los ministros de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad; Comercio, Industria y Turismo, Germ\u00e1n Uma\u00f1a, y Vivienda Ciudad y Territorio, Catalina Velasco.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pacto para reducir pl\u00e1sticos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Gobierno del Cambio y representantes de asociaciones de recicladores, industria, academia y j\u00f3venes firmaron, el pasado 21 de noviembre, el \u2018Pacto Colombia libre de pl\u00e1sticos de un solo uso\u2019, que busca reducir y sustituir gradualmente el consumo de estos productos que contaminan los ecosistemas y afectan la biodiversidad del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Un total de 14 categor\u00edas de productos pl\u00e1sticos de un solo uso saldr\u00e1n del mercado de forma paulatina, con el fin de iniciar una reconversi\u00f3n hacia alternativas sostenibles y ecoamigables.<\/p>\n\n\n\n<p>La ministra Muhamad destac\u00f3 que muchas empresas ya han iniciado el proceso de reconversi\u00f3n de materiales, y que desde el Gobierno del Cambio se apoyar\u00e1 ese trabajo bajo los programas de econom\u00eda popular.<\/p>\n\n\n\n<p>Se busca que \u201cen vez de ser un problema econ\u00f3mico, se convierta en una oportunidad econ\u00f3mica\u201d, dijo.<\/p>\n\n\n\n<p>En Colombia existen 375 negocios verdes dedicados a la transformaci\u00f3n, el manejo y aprovechamiento de pl\u00e1sticos y otros residuos.<\/p>\n\n\n\n<p>Los primeros productos que saldr\u00e1n del mercado durante una vigencia de dos a\u00f1os ser\u00e1n:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2014Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercanc\u00edas, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2014Bolsas utilizadas para embalar peri\u00f3dicos, revistas, publicidad y facturas, as\u00ed como las utilizadas en las lavander\u00edas para empacar ropa lavada&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2014Rollos de bolsas vac\u00edas en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercanc\u00edas o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2014Mezcladores y pitillos para bebidas&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2014Soportes pl\u00e1sticos para las bombas de inflar<\/p>\n\n\n\n<p>\u2014Soportes pl\u00e1sticos de los copitos de algod\u00f3n o hisopos flexibles con puntas de algod\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Bogot\u00e1 D.C., 26 de diciembre de 2023. 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