{"id":3822,"date":"2023-09-28T17:23:07","date_gmt":"2023-09-28T22:23:07","guid":{"rendered":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/?p=3822"},"modified":"2023-09-28T19:40:47","modified_gmt":"2023-09-29T00:40:47","slug":"consultores-piden-al-idu-corregir-causas-de-retraso-en-obras-para-no-afectar-a-los-ciudadanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/09\/28\/consultores-piden-al-idu-corregir-causas-de-retraso-en-obras-para-no-afectar-a-los-ciudadanos\/el_resto\/2023\/","title":{"rendered":"Consultores piden al IDU corregir causas de retraso en obras, para no afectar a los ciudadanos"},"content":{"rendered":"\n<p>La alcaldesa Claudia L\u00f3pez reconoci\u00f3 ayer las fallas en la planeaci\u00f3n y deficiencias en<br>los estudios y dise\u00f1os de los contratos de obra de Bogot\u00e1.<br>Bogot\u00e1, 28 de septiembre de 2023. Un grupo de 25 consultores de obras p\u00fablicas envi\u00f3 una<br>comunicaci\u00f3n al director del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Diego S\u00e1nchez Fonseca, en la<br>que llaman la atenci\u00f3n sobre los procesos sancionatorios que adelanta esa entidad contra<br>empresas \u201cen su mayor\u00eda, arbitrarias y, en no pocos casos, ajenas al derecho\u201d. En la carta, se<br>refieren a que es insostenible ejecutar consultor\u00edas con el IDU, en procesos que se destacan por<br>falencias en la planeaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y estimaci\u00f3n de tiempos y fases.<br>Precisamente, ayer la alcaldesa de Bogot\u00e1, Claudia L\u00f3pez, les ofreci\u00f3 disculpas a los ciudadanos<br>afectados por la demora en las obras y adem\u00e1s reconoci\u00f3 que, como \u201cel Distrito tiene un Estatuto<br>de Valorizaci\u00f3n muy viejo y con reglas ambiguas, le propusimos al Concejo cambiar ese Estatuto<br>de 1987, y le hicimos cinco modificaciones para evitar que las demoras en las obras le vuelvan a<br>suceder a cualquier alcalde\u201d, indic\u00f3.<br>Cabe destacar que la funcionaria agreg\u00f3 que -a futuro- \u201csolo se podr\u00e1n contratar obras que<br>cuenten con estudios y dise\u00f1os definitivos. Incre\u00edblemente, el Estatuto de Valorizaci\u00f3n permit\u00eda<br>que se hicieran c\u00e1lculos de servilleta, al ojo, entonces la gente paga y las obras terminan dos a\u00f1os<br>m\u00e1s tarde\u201d, con lo que la Alcaldesa acept\u00f3 la deficiencia de los estudios y dise\u00f1os que<br>entregaban a los ejecutores de obra para lo correspondiente, causando as\u00ed reprocesos gigantes<br>en cada obra.<\/p>\n\n\n\n<p>Los 23 firmantes de la carta al IDU se\u00f1alan que, con sus declaraciones, la Alcaldesa les da la raz\u00f3n<br>sobre los factores de fondo que sustentan el riesgo de las obras y las afectaciones a los<br>ciudadanos. Espec\u00edficamente, se refieren a los terceros que intervienen en la ejecuci\u00f3n de los<br>contratos, los cuales son necesarios para la continuidad y cumplimiento de las obligaciones<br>contractuales de cada uno, resaltando que sin sus pronunciamientos no se vuelve imposible el<br>cierre de los mismos, y su consecuente liquidaci\u00f3n.<br>As\u00ed mismo, de acuerdo con los firmantes, \u201cno es entendible que por presuntos incumplimientos<br>de los consultores se inicien procesos sancionatorios, y que -al mismo tiempo- con base en los<br>productos entregados, la entidad inicie la contrataci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n de las obras sobre los<br>que ellos tratan\u201d. Indican que \u201ces doble moral\u201d porque para mostrar ejecuci\u00f3n se exhiben los<br>procesos de obras en marcha, pero al mismo tiempo se sanciona a los generadores de tales<br>productos; y en muchos casos tambi\u00e9n a los ejecutores de las obras que como consecuencia de<br>las falencias en dise\u00f1os no pueden avanzar por circunstancias no atribuibles a los mismos.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Falta acompa\u00f1amiento<br><\/strong>Seg\u00fan la Alcaldesa de Bogot\u00e1, otro cambio relevante al Estatuto consiste en que el cobro de<br>valorizaci\u00f3n se haga, al menos, cuando la obra vaya en el 50% de ejecuci\u00f3n, no antes, y as\u00ed mismo<br>resalt\u00f3 que de ahora en adelante se deber\u00e1 contar con los avales y aprobaciones de las empresas<br>de servicios p\u00fablicos.<br>Al respecto, los consultores destacan \u201clas dificultades en coordinaci\u00f3n interinstitucional, y su falta<br>de gesti\u00f3n conforme a la matriz de riesgo, lo que, sin lugar a dudas, genera una especial<br>apreciaci\u00f3n\u201d, pudiendo vislumbrar ello en la falta de gesti\u00f3n por parte de la entidad contratante<br>para con las dem\u00e1s entidades del sector p\u00fablico, repercutiendo directamente as\u00ed en la correcta<br>ejecuci\u00f3n de las obras.<br>Justamente, en la carta de los consultores se advierte que la actual situaci\u00f3n est\u00e1 afectando las<br>oportunidades de negocio de los consultores y contratistas actuando como proponentes en la<br>contrataci\u00f3n p\u00fablica y\/o privada, y que las decisiones sancionatorias institucionales desbordan<br>cualquier riesgo empresarial que pueda asumirse en la ejecuci\u00f3n contratos con esa entidad.<br>En la carta al IDU, los firmantes sostienen que los esfuerzos de los consultores resultan<br>insuficientes para que las empresas, y en particular la Empresa de Acueducto de Bogot\u00e1 y la<br>Secretar\u00eda de Movilidad de Bogot\u00e1, emitan sus aprobaciones o avales, haciendo imposible<br>obtenerlos dentro de los plazos de los contratos. Insisten en que permanentemente ha faltado<br>acompa\u00f1amiento del IDU en estas gestiones, pues se menciona como: \u201cLas demoras y las<br>dificultades en la obtenci\u00f3n de los permisos se encuentran plasmadas como un riesgo previsible\u2026<br>no obstante el IDU olvida que la asunci\u00f3n de dicho riesgo no est\u00e1 en cabeza exclusiva del<br>consultor, sino que es compartido\u201d, esto de conformidad con las minutas de contratos<br>debidamente suscritas entre las partes.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, las firmas consultoras sostienen que las vulneraciones al debido proceso son<br>evidentes en los distintos procesos y actos sancionatorios adelantados por el IDU, que se han<br>socializado entre quienes firman la comunicaci\u00f3n enviada al Director del IDU. \u201cComo respetuosos<br>del debido proceso, hemos procurado ejercer nuestro derecho confiando en la objetividad y en<br>que el an\u00e1lisis de los argumentos de defensa brinde claridad a la entidad sobre las situaciones<br>propias de cada contrato y la forma en la que se han cumplido las obligaciones\u201d.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Sanciones a toda costa<br><\/strong>Los empresarios indican que la conclusi\u00f3n a la que se ha llegado, con profunda preocupaci\u00f3n, es<br>que pareciera existir una l\u00ednea de acci\u00f3n encaminada a que dichos procesos culminen con<br>sanciones en firme, sin importar la realidad del contrato. Concluyen tambi\u00e9n que la entidad ha<br>vulnerado, en algunos casos, el derecho adecuado al ejercicio de la defensa y contradicci\u00f3n,<br>convirti\u00e9ndose en proceso expr\u00e9s, con el solo objetivo de buscar el responsable del momento,<br>sin detenerse a revisar cu\u00e1l es el trasfondo y la causa de la problem\u00e1tica que ha afectado a la<br>ciudad por m\u00e1s de 20 a\u00f1os.<br>As\u00ed entonces, los contratistas se\u00f1alan como vulneraci\u00f3n al derecho los siguientes puntos:<br>\u25cf Citaci\u00f3n a inicio de procesos sancionatorios con t\u00e9rminos insuficientes, en abierta<br>contrav\u00eda con la doctrina y la jurisprudencia. Ejemplo: citan un martes para presentarse a<br>audiencia el viernes siguiente.<br>\u25cf Tasaci\u00f3n de sanciones econ\u00f3micas inexistentes o totalmente desproporcionadas,<br>pretendiendo sancionar varias veces por un mismo hecho.<br>\u25cf Falta de traslado en oportunidad de pruebas, sanciones que ni siquiera se fundan desde<br>el inicio de la interventor\u00eda o est\u00e1n fundamentadas en informes deficientes.<br>\u25cf Aplicaci\u00f3n de sanciones desconociendo que existe cesaci\u00f3n de incumplimiento, y que la<br>entidad puede cerrar el proceso en cualquier momento.<br>\u25cf Negativa en el decreto de pruebas, que permita la defensa de los contratistas e<br>inexistencia del informe del interventor para el inicio del proceso sancionatorio.<br>\u25cf Se est\u00e1n utilizando, de manera subjetiva, informes de interventor\u00eda para endilgar<br>responsabilidades, pero desconocen la existencia de otros que los exoneran.<\/p>\n\n\n\n<p><br><strong>Interpretaciones personales<br><\/strong>\u201cSe\u00f1or director: varias de las empresas que suscribimos esta comunicaci\u00f3n llevan m\u00e1s de 30 a\u00f1os<br>ejerciendo ingenier\u00eda de consulta, no solo para esa entidad, sino para muchas otras a nivel<br>nacional, sin que jam\u00e1s se hayan visto expuestas a situaciones como las que hoy se presentan con<br>el IDU\u201d, indican en su carta a Diego S\u00e1nchez.<br>As\u00ed mismo, advierten que la preocupaci\u00f3n no cuestiona el derecho de la entidad a aplicar las<br>herramientas de control. \u201cEl temor surge de que decisiones -de tanta trascendencia para el<br>futuro- dependen de interpretaciones personales, que est\u00e1n reservadas a la Ley\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, los contratistas le piden al director del IDU hacer un alto en el camino, para analizar<br>las situaciones particulares y, de esa manera, evitar que decisiones subjetivas puedan incidir en<br>el futuro de las empresas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La alcaldesa Claudia L\u00f3pez reconoci\u00f3 ayer las fallas en la planeaci\u00f3n y deficiencias enlos estudios y dise\u00f1os de los contratos de obra de Bogot\u00e1.Bogot\u00e1, 28 de septiembre de 2023. 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