{"id":21068,"date":"2026-05-19T19:47:49","date_gmt":"2026-05-20T00:47:49","guid":{"rendered":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/?p=21068"},"modified":"2026-05-19T19:50:53","modified_gmt":"2026-05-20T00:50:53","slug":"hasta-el-15-de-julio-hay-plazo-para-cambiarse-de-regimen-pensional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/05\/19\/hasta-el-15-de-julio-hay-plazo-para-cambiarse-de-regimen-pensional\/el_bolsillo\/2026\/","title":{"rendered":"Hasta el 15 de julio\u00a0hay plazo para cambiarse de r\u00e9gimen pensional"},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>Esta oportunidad rige para las mujeres mayores de 47 a\u00f1os y hombres de m\u00e1s de 52, que quieren trasladarse a un fondo privado o, por el contrario, pasar su ahorros a Colpensiones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Bogot\u00e1, mayo 19 de 2026.<\/strong> Si usted es una mujer mayor de 47 a\u00f1os de edad o un hombre de m\u00e1s de 52, que ha cotizado al menos 750 semanas, las mujeres, y 900 semanas los hombres, y se quiere trasladar al r\u00e9gimen pensional que le parezca m\u00e1s conveniente, le quedan pocos d\u00edas para hacerlo sin presentar una demanda ante los tribunales.\u00a0El 15 de julio\u00a0pr\u00f3ximo vence el plazo para ello.<\/p>\n\n\n\n<p>Es m\u00e1s, como el proceso de transici\u00f3n se toma al menos un mes, la recomendaci\u00f3n es que inicie cuanto antes este tr\u00e1mite.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo hacerlo?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El proceso es sencillo. Usted debe solicitar al fondo privado y a Colpensiones, la doble asesor\u00eda. Ellos le explicar\u00e1n cu\u00e1les son las ventajas de permanecer en uno u otro r\u00e9gimen, y decidir si se traslada o se mantiene en la entidad en la que se encuentra afiliado en la actualidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Si su decisi\u00f3n es permanecer en el regimen al cual est\u00e1 cotizando actualmente, no debe hacer ning\u00fan tr\u00e1mite adicional.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero si su decisi\u00f3n es cambiarse de r\u00e9gimen, debe pedir una cita en su entidad, para obtener la doble asesor\u00eda, es decir, a la entidad a la que usted est\u00e1 afiliado y luego a la que usted quiere llegar.<\/p>\n\n\n\n<p>Cumplido este tr\u00e1mite, usted lleva los certificados de la doble asesor\u00eda y los presenta en la entidad a la cu\u00e1l quiere trasladarse, para iniciar el proceso de afiliaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El procedimiento de aceptaci\u00f3n demora alrededor de un mes. Transcurrido este tiempo, el fondo privado o Colpensiones le notifican que usted fue aceptado como su nuevo afiliado, y le indican cu\u00e1l es el paso a seguir para empiece a cotizar a su nuevo r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p>Este tr\u00e1mite est\u00e1 incluido en el \u00fanico art\u00edculo (el art 76) vigente de la Reforma Pensional, y es conocido como \u00abla ventana\u00bb. Cabe recordar que el texto completo de la reforma est\u00e1 pendiente de revisi\u00f3n por parte de la Corte Constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es la Ventana pensional?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La \u00abventana pensional\u00bb o de oportunidad, fue creada mediante el art\u00edculo 76 de la Reforma Pensional de 2024, aprobada como Ley 2381.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta norma se\u00f1ala que, en un periodo de dos a\u00f1os dos a\u00f1os, a partir del 16 de julio de 2024, permite a personas que est\u00e1n cerca de la edad de jubilaci\u00f3n, trasladarse al r\u00e9gimen que deseen, es decir, a un fondo privado de pensiones o a\u00a0 Colpensiones, si les faltan menos de 10 a\u00f1os para cumplir la edad reglamentaria, siempre y cuando haya cotizado 750 semanas las mujeres y 900 los hombres.<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta el pasado 30 de abril, alrededor de 120.000 personas se hab\u00edan trasladado a Colpensiones, y muy pocos lo hicieron a fondos privados, acogi\u00e9ndose a esta norma. Es m\u00e1s, 23.000 de estas personas ya tienen reconocimiento de pensi\u00f3n por parte de Colpensiones, y est\u00e1n recibiendo su mesada amparados en el r\u00e9gimen de prima media, administrado por Colpensiones.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante reiterar que la Ventana otorga este plazo excepcional solo para las mujeres mayores de 47 a\u00f1os de edad, y los hombres que superaban los 62 a\u00f1os, que hasta el 15 de julio 2024 no se cambiaron de r\u00e9gimen cuando pod\u00edan hacerlo. Los menores de esta edad, hoy se pueden trasladar libremente, sin invocar el art\u00edculo 76 de la Reforma Pensional.<\/p>\n\n\n\n<p>Si la Corte Constitucional aprueba la Reforma Pensional tramitada en el Congreso, los primeros 2,3 salarios m\u00ednimos legales vigentes de 2026, es decir, hasta 4&#8217;027.081 pesos mensuales devengados ser\u00e1n ahorrados en Colpensiones y,  de ah\u00ed en adelante, los recursos se ahorrar\u00e1n en los fondos privados. Una vez cumpla los requisitos para la jubilaci\u00f3n, Colpensiones le pagar\u00e1 una pensi\u00f3n que se liquida de los 2,3 salarios m\u00ednimos, en tanto que el fondo privado le reconocer\u00e1 una pensi\u00f3n mensual, por los recursos ahorrados con base en los ingresos superiores a 2,3 salarios m\u00ednimos mensuales. <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta oportunidad rige para las mujeres mayores de 47 a\u00f1os y hombres de m\u00e1s de 52, que quieren trasladarse a un fondo privado o, por el contrario, pasar su ahorros a Colpensiones. Bogot\u00e1, mayo 19 de 2026. 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