{"id":20210,"date":"2026-03-17T20:55:35","date_gmt":"2026-03-18T01:55:35","guid":{"rendered":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/?p=20210"},"modified":"2026-03-17T20:57:04","modified_gmt":"2026-03-18T01:57:04","slug":"ocupacion-de-alojamientos-cortos-es-del-50-en-promedio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/economiaconedmer.com\/economiaenserio\/03\/17\/ocupacion-de-alojamientos-cortos-es-del-50-en-promedio\/el_resto\/2026\/","title":{"rendered":"La ocupaci\u00f3n de los alojamientos cortos es del 50%, en promedio, en Colombia"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Bogot\u00e1, marzo 17 de 2026 (@Fedelonjas).<\/strong>&nbsp;Con la llegada de Semana Santa, una de las temporadas en las que m\u00e1s colombianos y visitantes recorren el pa\u00eds, crece tambi\u00e9n el inter\u00e9s por modalidades de alojamiento distintas. En ese escenario, las viviendas tur\u00edsticas o rentas cortas se han consolidado como una opci\u00f3n cada vez m\u00e1s visible, tanto para quienes buscan hospedarse por pocos d\u00edas, como para quienes ven en este modelo una oportunidad de inversi\u00f3n ligada al auge del turismo y a nuevas din\u00e1micas del mercado inmobiliario.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con datos analizados por Fedelonjas con base en AirDNA y c\u00e1lculos de Camacol, en Colombia hay 116.685 hospedajes en total en el mercado de rentas cortas. Este segmento registra una ocupaci\u00f3n promedio de 50%, una tarifa media de $255.000 por noche, estad\u00eda promedio de 5 d\u00edas y un ingreso promedio de $41 millones anuales por inmueble.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLas rentas cortas se han consolidado como una alternativa de alojamiento e inversi\u00f3n cada vez m\u00e1s visible en Colombia. Pero su crecimiento debe ir acompa\u00f1ado de reglas claras: Registro Nacional de Turismo, respeto por la propiedad horizontal y cumplimiento de lo ofrecido al usuario\u201d, expres\u00f3 Mario Ram\u00edrez, presidente de Fedelonjas.<\/p>\n\n\n\n<p>El dinamismo de este modelo tambi\u00e9n se explica por el buen momento del turismo. Los inmuebles residenciales destinados a vivienda tur\u00edstica representan cerca de 1,2% del total de viviendas, en un contexto en el que Colombia recibi\u00f3 m\u00e1s de 6,4 millones de visitantes no residentes en 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>Al observar la distribuci\u00f3n territorial del total de hospedajes ofertados, se evidencia una marcada concentraci\u00f3n en Antioquia con m\u00e1s de 30.000 hospedajes, seguido por Bogot\u00e1, que supera los 19.000, y Bol\u00edvar, que aporta m\u00e1s de 13.000 unidades. Las tasas m\u00e1s altas de ocupaci\u00f3n est\u00e1n en Bogot\u00e1 (62%), Norte de Santander (58%) y Antioquia (57%), que mantienen una demanda sostenida durante la mayor parte del a\u00f1o. Los territorios con mayores ingresos anuales son Bol\u00edvar, San Andr\u00e9s y Antioquia, donde los ingresos brutos estimados alcanzan entre $50,5 millones y $68,4 millones.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Para Fedelonjas, el crecimiento de las rentas cortas representa una oportunidad dentro del mercado inmobiliario, siempre que su desarrollo se d\u00e9 bajo reglas claras, formalidad y respeto por la convivencia en las copropiedades. La clave est\u00e1 en entender que este modelo no solo implica una oportunidad de ingreso, sino tambi\u00e9n responsabilidades frente al turismo, los vecinos y los consumidores. En este ABC inmobiliario contamos los puntos clave que debe tener en cuenta si quiere invertir o si planea hospedarse en una renta corta.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 est\u00e1 permitido?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En Colombia s\u00ed est\u00e1 permitido prestar servicios de vivienda tur\u00edstica, siempre que se cumplan los requisitos legales. El principal es estar inscrito en el Registro Nacional de Turismo (RNT), que es obligatorio para operar como prestador de servicios tur\u00edsticos y debe actualizarse anualmente. Adem\u00e1s, si el inmueble est\u00e1 en propiedad horizontal, su uso como vivienda tur\u00edstica debe ser compatible con el reglamento de la copropiedad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 no est\u00e1 permitido?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>No est\u00e1 permitido operar de manera informal ni ofrecer servicios tur\u00edsticos sin contar con Registro Nacional de Turismo. Tampoco puede asumirse que cualquier inmueble residencial puede destinarse a renta corta sin verificar previamente el reglamento de propiedad horizontal. La SIC advirti\u00f3 en enero de 2026 que los prestadores de alojamiento tur\u00edstico que no respeten las condiciones de las reservas o hagan cancelaciones unilaterales pueden enfrentar consecuencias legales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 debe revisar si quiere invertir?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Antes de comprar o destinar un inmueble a renta corta, conviene revisar si el edificio o conjunto permite expresamente esta actividad, si el inmueble puede cumplir los requisitos del RNT, y si la operaci\u00f3n ser\u00e1 viable una vez se descuenten costos. Aunque el ingreso promedio es de cerca de $50 millones al a\u00f1o, los gastos como administraci\u00f3n, servicios p\u00fablicos, mantenimiento, mobiliario y comisiones pueden representar entre 30% y 40% de los ingresos brutos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 debe revisar si desea hospedarse?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Lo m\u00e1s importante es verificar que el alojamiento opere formalmente, revisar con atenci\u00f3n las condiciones de reserva, cancelaci\u00f3n, horarios, servicios incluidos y reglas del inmueble. Tambi\u00e9n vale la pena confirmar que la oferta publicada coincida con la realidad y guardar soportes de pago y comunicaciones. La SIC ha insistido en que los prestadores deben respetar las condiciones ofrecidas y las reservas aceptadas<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 hacer ante un abuso?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si el problema est\u00e1 relacionado con reservas, publicidad enga\u00f1osa, cobros o cancelaciones injustificadas, el consumidor puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entidad encargada de proteger sus derechos. En casos relacionados con convivencia en propiedad horizontal, la primera instancia suele ser la administraci\u00f3n del conjunto, el consejo o el comit\u00e9 de convivencia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1les son las sanciones?&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La SIC indica que en caso de que el prestador del servicio de alojamiento incumpla la reserva pactada o cualquier otro servicio tur\u00edstico ofrecido o contratado con los turistas y\/o consumidores, de manera total o parcial, tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n, a elecci\u00f3n del turista, de prestar otro servicio de la misma calidad o de reembolsar o compensar el precio pactado por el servicio incumplido, conforme lo dispone el art\u00edculo 63 de la Ley General de Turismo (ley 300 de 1996).&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Bogot\u00e1, marzo 17 de 2026 (@Fedelonjas).&nbsp;Con la llegada de Semana Santa, una de las temporadas en las que m\u00e1s colombianos y visitantes recorren el pa\u00eds, crece tambi\u00e9n el inter\u00e9s por modalidades de alojamiento distintas. 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